El ecosistema empresarial y de emprendimiento en el país experimenta transformaciones sustanciales con la entrada en vigor de recientes disposiciones normativas. Para analizar a profundidad su impacto, ZUTURO celebró un nuevo encuentro especializado enfocado en las modificaciones al Decreto-Ley 133 (que modifica al Decreto-Ley 88 sobre las micro, pequeñas y medianas empresas), el Decreto-Ley 89 de Cooperativas No Agropecuarias (CNA) y el Decreto-Ley 90 sobre el Ejercicio del Trabajo por Cuenta Propia (TCP).
El taller propició un espacio de debate profesional y actualización normativa para dueños de MIPYMES, empresas con más de 100 trabajadores, representantes de CNA y TCP, con el propósito de ofrecer claridad jurídica y operativa ante los nuevos escenarios de gestión.
Entre las novedades de mayor peso jurídico expuestas durante la jornada destaca la modificación de la denominación del Decreto-Ley 88, el cual pasa a titularse “Sobre las micro, pequeñas y nuevas empresas privadas con más de cien (100) trabajadores”, incorporando formalmente esta cuarta categoría dentro de la Forma de Gestión No Estatal (FGNE).
Entre las adecuaciones operativas y de funcionamiento abordadas en el taller sobresalen:
- Facultades de Exportación e Importación: Se flexibilizan los mecanismos comerciales, autorizando a estas estructuras a realizar operaciones de comercio exterior de manera directa previa autorización del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión Extranjera (MINCEX), un cambio significativo respecto al modelo anterior que obligaba a canalizarlas exclusivamente a través de empresas estatales autorizadas.
- Derechos Reales y Propiedad Inmobiliaria: Se introduce la facultad de inscribir en el Registro Central de la Propiedad Inmobiliaria el derecho real de usufructo o superficie. Esto se alinea con el artículo 17 sobre el objeto social, que contempla la concesión de estos derechos por la autoridad competente para viabilizar inversiones orientadas al desarrollo productivo y de servicios.
- Ampliación del Objeto Social: El artículo 17.2 establece que el objeto social se integra por una actividad principal y permite la ejecución de otras actividades secundarias de producción o servicios sin requerir necesariamente una afinidad estricta entre ellas, adecuándose de mejor manera a las condiciones reales de viabilidad del negocio.
- Capital Social y Pluralidad de Socios: Se oficializa la incorporación de aportaciones dinerarias en divisas —garantizando siempre su licitud ante las instituciones bancarias— junto a las aportaciones en pesos cubanos. Asimismo, se ratifica que una persona natural puede ostentar la condición de socio en más de una MIPYME o empresa privada con más de 100 trabajadores.
Durante el encuentro también dedicó un espacio sustancial al análisis del Decreto-Ley 89, profundizando en los cambios referentes a los procesos de constitución, obligaciones corporativas, responsabilidades sociales empresariales, requisitos para la integración de socios y las atribuciones conferidas al órgano de administración de las cooperativas.


Por su parte, el Decreto-Ley 90 sobre el Trabajo por Cuenta Propia (TCP) trajo consigo modificaciones orientadas a dinamizar los trámites y ampliar el alcance de esta figura:
- Inclusión de Ciudadanos en el Exterior: Se amplía el espectro de sujetos autorizados para ejercer como TCP al incluir a ciudadanos cubanos residentes en el exterior, siempre y cuando el ejercicio de la actividad no exija su permanencia física continua en el territorio nacional.
- Simplificación en Oficinas de Trámite: Se suprime el concepto de “proyecto de trabajo” en el artículo 5, agilizando el procedimiento de aprobación institucional. Tras el cumplimiento de los requisitos en la Oficina de Trámite, se procede a la aprobación en el propio acto con la emisión de la Certificación correspondiente. Posteriormente, de oficio y de manera automatizada, se notifica a la sucursal bancaria para la apertura de la cuenta con propósito fiscal y a la ONAT para la inscripción en el Registro de Contribuyentes.
- Nuevas Modalidades y Obligaciones: Se normó explícitamente el ejercicio de actividades de manera ambulatoria, subrayando la obligatoriedad de contar con las licencias y registros pertinentes para evitar incurrir en ilegalidades, además de revisar los procedimientos vinculados a suspensiones, traslados y cancelaciones de licencias.
Con la realización de este tipo de espacios formativos, ZUTURO reafirma su rol como aliado estratégico del sector no estatal cubano, dotando a empresarios, directivos y emprendedores de las herramientas conceptuales y prácticas indispensables para navegar con seguridad jurídica el dinámico entorno económico actual.




